La Secretaría de Jubilados de Agmer manifestó su “preocupación” por “el nuevo avance que se da en la provincia” para “achatar los salarios de los trabajadores en general y los de la educación en particular, aplicando el impuesto a las ganancias”. Se refiere a la Circular Nº01/12 en la que el Consejo General de Educación (CGE) manifiesta estar habilitado como instrumento para la aplicación del Mínimo No Imponible
“Ganancias, y exorbitantes, son las que constantemente observamos llevarse del país, son aquellas que se llevan las multinacionales, la que generan con la renta financiera, las explotaciones mineras, los que explotan la soberanía y extraen los hidrocarburos. En estas actividades sólo con declaración jurada alcanza, sin controles del Estado, solamente alcanza su voluntad de decir la verdad”, aseveró en un comunicado enviado a esta Agencia.
“La solicitud del sector de jubilados hasta ahora no ha logrado la decisión política a nuestro criterio justa de no aplicar este impuesto a los haberes provisionales”, agregó.
“El Gobierno nacional, a través del Fonid o de la Compensación Nación para el mínimo salarial de 2800 pesos paga en negro a los docentes. Pero este incentivo, en negro, sí se calcula para el impuesto a las ganancias. Siempre denunciaremos que para los haberes jubilatorios, no consideran estos montos remunerativos cuando calculan las liquidaciones de los jubilados docentes”, sostuvo.
Y siguió: “El Gobierno provincial, alineado con políticas nacionales que empobrecen, ha resuelto no sólo no oír la demanda de los jubilados provinciales, sino por el contrario, aplicar el empobrecimiento a los activos”.
En el día de la fecha, posterior a las elecciones a los Vocales en Representación Docente al CGE, se dio publicidad a la Circular 01/2012 del CGE (02/07/2012), desde la dependencia de Liquidaciones y RRHH, a través de la cual “que aplicarán el impuesto a las ganancias con la lógica del mínimo no imponible, a partir de agosto del corriente año”.
“Este impuesto es vergonzoso, discriminatorio y empobrecedor, atenta contra las aspiraciones de cualquier trabajador a acceder a los bienes materiales y culturales, garantizados por la Constitución Nacional. No debe ser castigado tener un proyecto individual o familiar de acceder a la vivienda, el vestido, la salud, la educación, el alimento, la cultura o la recreación”. (APF.Digital)