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28/01/2015

Aclaraciones sobre los Concursos Extraordinarios

Aclaraciones sobre Concursos Extraordinarios de pase, traslado y ascenso para los cargos de Director/Rector y Vicedirector/Vicerrector de Nivel Inicial, Primario y sus modalidades y Secundaria y sus modalidades

Desde la Secretaría de Educación de AGMER Central, y atento a las inquietudes manifestadas por varios docentes en relación a las Resoluciones 84/15 y 85/15 CGE, que convocan a los Concursos Extraordinarios de pase, traslado y ascenso para los cargos de Director/Rector y Vicedirector/Vicerrector de Nivel Inicial, Primario y sus modalidades y Secundaria y sus modalidades, aprobando la nómina de cargos vacantes a concursar en base a los listados de orden de mérito confeccionados a través del sistema de oposición dispuesto por Resolución 500/13 CGE, es que acercamos algunas consideraciones que estimamos puedan servir de ayuda.

 

Desde la Comisión Directiva Central de AGMER solicitamos en reiteradas oportunidades a la Presidenta del Consejo General de Educación que se convocara a cobertura de los cargos directivos vacantes atento a la vigencia del sistema de oposición desarrollado como producto de las paritarias de condiciones laborales acordadas en 2012. Para ello, remarcamos la necesidad de que todas las instituciones educativas cuenten con equipos de conducción al inicio del ciclo lectivo, que los mismos estén actualizados, sean participativos y democráticos y que aseguren la consolidación institucional. Hicimos hincapié en los cargos que quedaron desiertos durante los actos de adjudicación celebrados en 2014 y en las jubilaciones que se produjeron al cierre de ese año, así como en el hecho de contar con docentes con Examen de Oposición aprobado y sin ubicarse aún como titulares. Por ello consideramos viable, oportuna y necesaria la realización de dichos concursos ya que los mismos se enmarcan en la Resolución 1000/13 CGE, en su Art. 12 «el ascenso del personal docente a cargos de conducción como titular en los establecimientos  y organismos (…)», que «la calificación obtenida, le servirá para concursar en los cargos vacantes producidos anualmente mientras el sistema de oposición de oposición tenga vigencia» y que como “concurso extraordinario se pueden realizar en todos los casos que las necesidades de cobertura del personal lo requieran. Los requisitos para estos concursos podrán ser modificados, sin establecer exigencias mayores a las que fija la resolución”. (Art. 18, inc. «b»)

 

En este sentido, informamos que pueden participar de los Concursos Extraordinarios convocados por las Resoluciones 84/15 y 85/15 CGE aquellos docentes que aprobaron el sistema de oposición dispuesto por la Resolución 500/13 CGE (es decir: figuran en los listados de orden de mérito definitivos), pudiendo realizar pases, traslados y ascensos en los cargos directivos vacantes publicados en las resoluciones precitadas y en las vacantes que se produzcan en el mismo acto de adjudicación, teniendo en cuenta que el requisito temporal de los dos (2) años que deben transcurrir a partir del alta como titular (expresado en el Artículo 20 de la Resolución 1000/13 CGE) se exceptúa para los ascensos de jerarquía.

 

Estando en conocimiento que hay cargos vacantes que no figuran en la convocatoria es que estamos trabajando en el relevamiento de los mismos, a efectos de solicitar la ampliación del listado de cargos.

 

Ana Delaloye » Secretaria de Educación de AGMER CDC

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