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09/02/2015

La CDC de AGMER presentó una serie de demandas al CGE

La CDC de AGMER presentó una serie de demandas al CGE. Reclamó la plena vigencia del acuerdo paritario materializado en la Resolución 1000/13 CGE y exigió regularidad en las convocatorias a Concurso Ordinario en todos los niveles y modalidades.

El día 06 de febrero de 2015 desde la Comisión Directiva Central de AGMER reiteramos a la Presidenta del Consejo General de Educación nuestro posicionamiento respecto a la necesidad de cubrir los cargos de Supervisor Escolar de Educación Primaria con un listado actualizado. En este sentido y en coincidencia con los considerandos planteados por el CGE en las resoluciones de convocatoria a los diferentes concursos de los distintos niveles y modalidades, exigimos:

» La plena vigencia del Acuerdo Paritario homologado por la Resolución Ministerial 782/12 MT y sus complementarias materializado en la Resolución 1000/13 CGE;

» El cumplimiento de la regularidad en las convocatorias a Concurso Ordinario en todos los niveles y modalidades, en un todo de acuerdo con lo expresado en el Capítulo V de la Resolución 1000/13 CGE en los artículos que detallamos a continuación:

– Artículo 18º y Artículo 24º, en relación a la periodicidad.

– Artículo 22º, en referencia a requisitos y criterios de valoración de antecedentes.

– Artículo 37º, referente al orden de mérito de los Concursos de Antecedentes para la cobertura de cargos directivos y supervisión, como interinos o suplentes.

Entendemos que es preciso actualizar los modelos organizativos y de gestión, fortaleciendo el rol del supervisor, centrándose en la dimensión pedagógica, política y social de su función en pos de la mejora y democratización de sus escuelas; pero a fin de garantizar todo esto es imprescindible la cobertura pedagógica de los cargos ante la inminente iniciación del ciclo lectivo.

En virtud de los planteos realizados, solicitamos la suspensión de las Convocatorias para cubrir suplencias de Supervisores de Nivel Inicial (Resolución 3680/14 CGE),  Educación Especial (Resoluciones 4485/14 y 4610/14 CGE) y  Nivel Primario (Resolución 0086/15 CGE)  ya realizadas considerando que el criterio de ordenamiento no respeta el Artículo 37º de la Resolución 1000/13 CGE. Además, solicitamos la unificación de los criterios y requisitos para las inscripciones a concursos para cobertura de suplencias para el cargo de supervisor en los distintos niveles y modalidades dependientes del CGE.

Al presentar estas solicitudes, realizamos aportes para integrar al debate que amplíe y actualice los derechos que comprenden al conjunto de los trabajadores de la educación, presentamos algunos ejes alternativos en lo inmediato:

a) Instancias de convocatoria extraordinarias abiertas para aquellos cargos donde no existen aspirantes para cubrir suplencias de supervisor, donde el Jurado de Concursos adjudique y organice un orden de mérito específico para cada cargo (respetando el Artículo 37º de la Resolución 1000/13 CGE).

 

b) Reorganización del listado de suplencias en ascenso del Concurso Ordinario Nº 146: integrando el Concurso de Ascenso Nº 164 vigente y los Concursos de Oposición no vigentes (respetando el Artículo 37º de la Resolución 1000/13 CGE).

 

c) Garantía de periodicidad de las convocatorias ordinarias para todos los cargos del escalafón que actualice antecedentes, valoración de la formación docente permanente, de la actuación profesional y desempeños

En todas  instancias exigimos que se respete y adquiera plena vigencia el Acuerdo Paritario homologado por la Resolución Ministerial 783/13 MT.

Ante la situación actual, propusimos a las autoridades del CGE como una alternativa posible –hasta tanto se emita un nuevo listado que no lesione los derechos de los trabajadores de la educación–, que las designaciones en los  concursos tengan el carácter condicional, hasta tanto se atiendan las situaciones planteadas, entendiendo que existen responsabilidades que no pueden desconocerse ante un error, y que de no  tener esta consideración y una salida inmediata en este sentido, sería previsible la presentación de distintas acciones individuales que accionarían en relación a la norma, que podrían obstaculizar el proceso pedagógico en las escuelas al inicio de un nuevo ciclo lectivo.

 

Fabián Peccín

Secretario General

AGMER C.D.C.

 

 

Ana Delaloye

Secretaria de Educación

AGMER C.D.C. 

 

 

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