Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos

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08/04/2016

Consideraciones sobre el Plan Educativo Provincial 2015-2019

Ponemos a disposición un documento que proponemos como aporte para la lectura crítica del Plan Educativo Provincial 2015-2019 aprobado por Resolución 455/16 CGE. Adjuntamos también la resolución, para su conocimiento y socialización.

En términos amplios, el Plan Educativo Provincial 2015-2019 no presenta novedades importantes que hagan a la redefinición de políticas educativas. Se señala la continuidad, profundización y consolidación de las transformaciones del Plan Educativo Provincial 2011-2015.

 

Sin embargo, se advierten  tanto en el texto de la Resolución 0455/16 que aprueba el Plan Educativo Provincial como en el anexo correspondiente ciertos deslizamientos de sentido, ambigüedades y enunciados que refieren a la normativa vigente nacional y provincial pero que cierran, recortan y restringen derechos conquistados.

 

Llama la atención que en los considerando de la resolución se plantea asegurar el derecho a los aprendizajes de calidad a lo largo de la obligatoriedad, con elementos descriptivos propios del proceso de aprendizaje, en lugar de señalar que se garantiza el derecho social a la educación. No es lo mismo asegurar que garantizar y no es lo mismo aprendizaje que educación como derecho para una sociedad justa. El aprendizaje se puede asegurar para los que están en la escuela, la educación incluye a todos los ciudadanos como derecho estén o no en el sistema educativo.

 

Este no es un matiz poco importante; es un corrimiento de sentido que limite las conquistas de los últimos años en términos de derechos. Señalar que se aseguran saberes con complejidad creciente no es igual a garantizar la democratización en la distribución equitativa de los bienes culturales (materiales y simbólicos). Formar habilidades no es igual a garantizar como derecho el desarrollo pleno de las personas.

 

En el cuerpo del Plan Educativo Provincial se señala el sostenimiento de principios estratégicos y se enuncian igualdad, calidad, inclusión, integración. Desde la perspectiva gremial estos elementos no son principios estratégicos sino derechos irrenunciables que se deben garantizar para los ciudadanos y la construcción de la sociedad democrática.

 

Otro aspecto que nos alerta es el reconocimiento implícito que se hace sobre la necesidad de seguimiento y evaluación del derecho a aprender de los alumnos.

 

Nos parece que los párrafos referidos a este aspecto son ambiguos. Por un lado dan cuenta del escaso control que el gobierno de la educación tiene con respecto a la implementación de sus propias políticas y por otro lado, abre la puerta para justificar que sobre algunas cuestiones no se podrá incidir ya que la evaluación puede no ser favorable o que se incidirá con horizontes diferentes a lo que se plantean, en relación con la continuidad y la profundización de políticas.

 

Con respecto a los ámbitos de desarrollo de las políticas educativas se plantea que se implementarán programas, proyectos y propuestas pedagógicas. No se señala cuáles ni en relación con qué aspectos.

 

Se enuncia, por ejemplo, que implementarán  estrategias socio-educativas pero no se señala cuáles.

 

En sentido similar, señalar que se generarán programas y proyectos que construyan propuestas pedagógicas es en algún sentido descargar la responsabilidad en la práctica docente y en el docente como actor exclusivo en el “alcance” (ya no garantía) de aprendizajes de calidad.

 

Con relación a la mejora de las condiciones laborales y escolares, se señala que “defenderán” el financiamiento que estipula la constitución provincial y optimizarán los recursos provenientes de fuentes nacionales. Nos preguntamos por qué el gobierno de la educación, en la definición de sus políticas, asume defensa de presupuestos en lugar de establecer la garantía del mismo.

 

En sentido similar se señala que se harán acuerdo  para perfeccionar mediante acuerdos entre partes la normativa concursal. ¿Por qué no se sume que las normas conquistadas se regulan, ponen en vigencia y ejecutan, en lugar de volver a acordar para perfeccionarlas?

 

Como AGMER advertimos como preocupación los sentidos que se traslucen en estos deslizamientos, desplazamientos y matices que parecen cuestión de énfasis pero que relativizan la definición de las políticas públicas.

 

Ante esto, nos colocamos con preocupación y vigilancia de nuestras conquistas y en defensa de la escuela pública.

 

» Néstor Fabián Peccín | Secretario General | AGMER C.D.C.

» Ana Rita Delaloye | Secretaria de Educación | AGMER C.D.C.

 

 

»Resolución 455/16 - Plan Educativo Provincial 2015 - 2019

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