Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos

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21/04/2016

Posicionamiento de AGMER frente a la Resolución 873/16 CGE

Por Resolución 873/16 el CGE reprograma las jornadas del Programa Nacional de Formación Permanente Nuestra escuela.

La Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER) quiere llevar a conocimiento de los afiliados que el Consejo General de Educación emitió la Resolución 0873/16 CGE que reprograma las 7 (siete) jornadas del Programa Nacional de Formación Permanente Nuestra escuela, suspendidas oportunamente en función de las imposibilidades de designación de los facilitadores, en el marco del Anexo X de la Resolución 4650/15 CGE que establece el calendario escolar.

 

En virtud de de nuestra participación en la Comisión Técnica del PNFP «Nuestra Escuela» en la provincia, queremos poner en conocimiento que esta reprogramación se hace omitiendo la necesaria aclaración de cómo se garantiza la participación  de los trabajadores en un solo día en todos los niveles y escuelas de la provincia, situación que está clara desde el principio con la aplicación de la Resolución de Consejo Federal de Educación y que por alguna razón el CGE no hace pública, ni refuerza.

 

Por esta razón AGMER explicita que la Resolución 0219/14 del Consejo Federal de Educación en su Anexo, expresa la definición de un marco federal de certificación y acreditación del Componente l, del PNFP “Nuestra Escuela”, teniendo en cuenta las notas distintivas del mismo: la acción de formación permanente, universal, gratuita, obligatoria y en ejercicio con centralidad en la escuela y en la construcción colectiva de saberes pedagógicos; sienta las bases de un proceso de construcción gradual y de consenso  que asume el desafío de revisar y/o generar normativas específicas que permitan reconocer la participación de los planteles docentes en el Programa, teniendo en cuenta las particularidades de cada componente.

 

Por lo tanto desde este sindicato sostenemos que:

1. Cuando se trata de la formación «Programa Nuestra Escuela» delComponente I: los compañeros deben realizar una  formación obligatoria acorde a «su puesto de trabajo«, en ejercicio y sólo por ella van a tener la certificación de ciclo.

2. Todas las otras formaciones que se ofrecen por el «Programa Nuestra Escuela» y que el compañero voluntariamente realiza en el marco del Componente II (postitulaciones, cursos, etc.), son otras instancias de formación que suman antecedentes de acuerdo al desempeño y carga horaria.

De esta manera cada compañero podrá hacer opciones y tener claridad acerca de cuáles son las obligaciones inherentes a su función.

 

(Adjuntamos resolución)

 » Ana Delaloye | Secretaria de Educación | AGMER C.D.C.

» Perla Florentin | Representante por AGMER en Comisión Técnica PNFP – Entre Ríos

»Resolución 873/16 CGE

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Materiales para trabajar

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