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29/11/2016

Se avanzó en acuerdos en la Comisión de Recategorización de escuelas

El debate está trabado en los casos de bajas de categorías de 3° a 4° y de 4° a PU en los casos en donde los docentes ya optaron por reubicarse.

Luego de varios encuentros en la Comisión de Trabajo, Revisión y Modificación de la Resolución Nº 1191/91 CGE, que tiene por objeto evaluar la citada norma  y en la que nos representan los compañeros Oscar Ávila, Mario Bernasconi y Pablo Abdala, se avanzó en acuerdos respectos de nuevos criterios que posibilitan cambios sustanciales en la actualización de una Resolución que desde la entidad se había considerado obsoleta y desactualizada.

 

Este logro alcanzado desde la Comisión, producto del esfuerzo y del trabajo colectivo en la negociación, contienen como puntos más importantes:

 

1º. Para la clasificación por categorías de todas las Escuelas Primarias, Diurnas, Comunes, se tendrá en cuenta la matrícula de alumnos existentes en edad escolar de Nivel Inicial y Primario, exceptuando las Unidades Educativas que se rigen por la Resolución Nº 3945/10 CGE y su modificatoria.

2º. Se acuerda dejar sin efecto el criterio de asistencia media.

3º. Se considerarán datos de matrícula existente informados por la Instituciones Educativas en  Planillas de  Organización Institucional y Sistema SAGE LUA ALUMNOS  al 30 de abril y al 31 de agosto  de cada año.

4º. Con los datos registrados según lo determinado en el punto anterior, al 30 de setiembre de cada año, el Departamento Supervisión Técnica de la Dirección de Educación Primaria procederá a proponer la recategorización de las escuelas que correspondan.

5º. En relación a la propuesta que surja del Departamento de Supervisión Técnica, se deja establecido que cada año al momento de recategorizar escuelas se convocará a la conformación de una Comisión integrada por autoridades competentes del CGE, la representante por los docentes y los sindicatos.

6º. Toda situación no contemplada en la nueva Norma será analizada y determinada por autoridades competentes del CGE, la representante por los docentes y los sindicatos.

7º. En cuanto a los parámetros a tener en cuenta para los alumnos integrados y con Trayectorias Educativas Particulares, se acuerda que la citada Comisión tratará estos temas específicos (Integración, Ratio, Radio Censal y otras variables que se consideraren oportunamente).

8º. Las escuelas de Cuarta categoría que superen los 80 alumnos, el Director será sin grado a cargo, es decir con dirección libre.

Por otro lado se avanzó en un acuerdo que exceptúa de la aplicación de la Resolución 2618/16 CGE en los siguientes casos:

»Las escuelas que descienden de categoría de primera a segunda

»Las escuelas que descienden de categoría segunda a tercera

 

Ante la presentación por los representantes de AGMER de un listado de escuelas que descienden de 3° a 4° y de 4° a PU que acorde a los nuevos criterios no deberían bajar, los representantes del CGE acordaron el planteo, pero manifestaron su oposición a suspender las mismas en los casos en los que los docentes ya habían optado y se habían reubicado existiendo ya Resolución emitida. Desde la representación de AGMER se volvió a insistir sobre este punto, y estudiarán las acciones a seguir, además se solicitó copia de todos los casos en que ya se haya emitido Resolución de reubicación.

 

Solicitamos a todas las seccionales que a la brevedad nos envíen el listado actualizado de escuelas donde los docentes no hayan optado.

 

» Alejandro Bernasconi | Secretario Adjunto | AGMER – C.D.C.

» Ana Delaloye | Secretaria de Educación | AGMER – C.D.C.

» Perla Florentín | Vocal AGMER Representante por los Trabajadores en el CGE

 

 

 

Adjuntamos:

Acta N° 5 – Nuevos Criterios Recategorización.

Acta N° 6 – Acuerdos y desacuerdos sobre suspensión de categorizaciones antes del 22/02/17.

Acta Nº 5

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Acta Nº 6

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