Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos

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08/08/2022

Sugerencias de Biblioteca: Ley Micaela

Desde la Biblioteca de AGMER Central acercamos a las y los docentes este repositorio con material de acceso digital sobre la Ley Micaela, que estableció la capacitación obligatoria en género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñan en la función pública, en cualquiera de los tres poderes del Estado.

» Normativa. Ley Nº 27499 |Ley Micaela

Establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y judicial de la Nación.

https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-27499-318666

» Ministerio de las Mujeres, Políticas de género y diversidad sexual  

Página del Ministerio de provincia de Buenos Aires, que desarrollamos políticas integrales para la plena igualdad jurídica, social, económica, laboral, política y cultural entre los géneros.  Incluye acceso a materiales descargables.

https://www.gba.gob.ar/mujeres/ley_micaela

» Ministerio de las Mujeres, géneros y diversidad

Como autoridad de aplicación de la Ley 27.499, nos proponemos lograr su plena implementación a través de procesos de formación integral, los cuales aporten a la adquisición de herramientas que permitan identificar las desigualdades de género y elaborar estrategias para su erradicación. Buscamos transmitir herramientas y (de) construir sentidos comunes, que cuestionen la desigualdad y la discriminación, y transformen las prácticas concretas de cada cosa que hacemos, cada trámite, cada intervención, cada proyecto de ley y, en definitiva, cada una de las políticas públicas.

Estamos trabajando en articulación con todos los organismos alcanzados por la ley en coordinar contenidos, metodología y procedimientos de evaluación y seguimiento del impacto de su implementación en cada ministerio y dependencia del Estado argentino.

Incluye anexo “Lineamientos para la elaboración de propuestas de capacitación en el marco de la Ley Micaela”.

https://www.argentina.gob.ar/generos/ley-micaela

» Consejo General de Educación (CGE)

En el marco de la Ley Micaela (27.499) y la adhesión de la provincia de Entre Ríos a partir de la Ley 10.768, autoridades del Consejo General de Educación cumplieron con la capacitación obligatoria en género y violencia contra las mujeres.

Fue la primera instancia de capacitaciones en la Ley Micaela que el CGE brindó a su personal y que continuará con las diferentes áreas en el organismo central, las direcciones departamentales de escuelas y todas las instituciones educativas de la provincia.

Con la implementación de esta normativa se busca prevenir y promover la adecuada intervención frente a situaciones de violencia por motivos de género en los ámbitos laborales, como así también interpelar desde la responsabilidad política de autoridades y agentes del Estado en la urgencia de iniciar procesos de capacitación en la temática para transversalizar la perspectiva de género en el diseño e implementación de políticas públicas de cada sector.

http://cge.entrerios.gov.ar/2021/08/ley-micaela-capacitacion-a-funcionarios-del-cge/

» ENTRE RIOS – La Cámara de Diputados dio cumplimiento a la Ley Micaela

22 de diciembre de 2021. Tal como lo disponen la Ley Nacional Nº 27499 y la Ley Provincial Nº 10.768, diputadas, diputados y autoridades concretaron este martes la última instancia de la capacitación en género y violencia contra las mujeres. Participó como oradora la licenciada Tatiana Richardet, integrante del Área de Género, Diversidad Sexual y Derechos de la Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud de la Universidad Autónoma de Entre Ríos.

Carla Saboldelli, representante de la Cámara de Diputados en el Observatorio de Seguimiento de Capacitación en Género y Violencia contra las Mujeres -creado a partir de la normativa provincial- destacó la importancia de trabajar en red para la erradicación de la problemática y resaltó los primeros logros alcanzados tras dar cumplimiento a los requerimientos de la ley.

“El plan anual estuvo compuesto por cinco ejes temáticos, fue dividido por etapas y estuvo destinado tanto a legisladoras, legisladores y autoridades como así también al personal legislativo”, contó Saboldelli.

Por último, destacó que “la Cámara de Diputados dio cumplimiento a Ley Micaela y ahora el desafío es seguir impulsando acciones que colaboren con erradicar las violencias” por lo que adelantó se trabajará en la concreción de talleres que puedan llevar a la práctica todo lo trabajado durante las instancias de capacitación.

https://www.ncn.com.ar/entre-rios-la-camara-de-diputados-dio-cumplimiento-a-la-ley-micaela/

» Ley Micaela: origen y marco internacional de una herramienta estratégica

Por Carlos Romero

Tres pilares: CEDAW, Belém do Pará y Yogyakarta

Fue en la década del 70 cuando la histórica lucha de los movimientos feministas comenzó a ganar centralidad en el debate de los organismos multilaterales. Un hito de ese proceso, por el cual la temática de la violencia de género se puso en la agenda global, fue la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés).

Sancionada por la ONU en 1979, esta Convención constituye una pieza central en el reconocimiento de derechos de género, así como de las obligaciones estatales al respecto. La Argentina suscribió este tratado en 1980, lo aprobó en 1985 y, con la reforma de 1994, le dio rango constitucional.

Otro instrumento basal es la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), adoptada en 1994 por la Asamblea de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

Aprobada por la Argentina en 1996, su relevancia radica en haber sido el primer tratado de este rango en ocuparse de manera puntual de la violencia contra las mujeres, a la que define como “una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales” que “limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio” de esas garantías, en lo que constituye “una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres”.

Ley Micaela: origen y marco internacional de una herramienta estratégica

 

» Fundación para estudios e investigación de la Mujer

http://feim.org.ar/2020/05/20/organizaciones-de-derechos-humanos-solicitan-que-la-legislatura-de-tucuman-adhiera-a-la-ley-micaela/

La Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM) es una organización no gubernamental Argentina, sin fines de lucro, creada en 1989 por un grupo de mujeres profesionales especialistas en género para mejorar la condición social, laboral, educacional, legal, política, económica y de salud de mujeres, niñas, adolescentes y jóvenes.

Personería Jurídica Nº 1045/89. Status Consultivo en Naciones Unidas desde 2006.

Visión: La igualdad entre mujeres y hombres y el pleno respeto de los derechos humanos de las mujeres requiere la eliminación de las desigualdades basadas en el género y mejorar el acceso de niñas y mujeres a la educación, el trabajo, la salud y la plena participación social y política.

FEIM busca: Que mujeres y niñas tengan la capacidad para tomar libremente todas las decisiones que se refieren a sus vidas, incluida sobre su sexualidad y reproducción, sin ningún tipo de violencia, coerción ni discriminación. Que mujeres y hombres tengan iguales oportunidades de acceso y disfrute de sus derechos a la educación, la salud, el trabajo, la participación política y los recursos económicos para garantizarse su independencia y desarrollo individual y colectivo.

Objetivos: Defender y promover se garanticen todos los derechos humanos de mujeres y niñas. Contribuir a mejorar las condiciones de vida o desarrollo sostenible para mujeres y niñas. Abogar por alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres.

» Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe ONU- Naciones Unidas

El repositorio de leyes de violencia del Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe actualmente posee más de 380 cuerpos normativos, clasificados por país, de 38 países de América Latina y el Caribe, además de legislación de España y Portugal en la materia.

Su contenido abarca desde las leyes sobre violencia doméstica o intrafamiliar, conocidas como leyes de primera generación; las más recientes normativas de protección integral frente a la violencia por razón de género contra las mujeres (VGCM) -con sus recientes modificaciones y reformas-, que existen actualmente en 13 países latinoamericanos; las leyes que tipifican el delito de feminicidio en 17 países de América Latina; además de normativas sobre delitos sexuales; sobre acoso laboral; leyes específicas sobre el acoso callejero y sobre la difusión de imágenes íntimas por medios electrónicos; también la ley contra el acoso y violencia política hacia las mujeres del Estado Plurinacional de Bolivia, y la ley que sanciona el acoso contra las mujeres en la vida política de Perú, únicas de carácter específico en la región.

También se recogen las leyes que tipifican y sancionan el tráfico y trata de personas, normas reglamentarias de leyes sobre la violencia contra las mujeres; las que determinan la creación de órganos especializados en diferentes ámbitos del Estado; las que establecen normas procedimentales específicas para temas de violencia sobre abreviación procesal penal, tribunales especializados, e improcedencia de penas sustitutivas; las que definen la implementación de sistemas de registro de los casos de violencia y las que se refieren a las medidas de protección de las víctimas, entre otros.

https://oig.cepal.org/es/laws/1/country/argentina-5

Materiales para trabajar

ASOCIACIÓN GREMIAL DEL MAGISTERIO DE ENTRE RÍOS
PERSONERÍA GREMIAL: RES. 505/93
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