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22/08/2024

La Justicia laboral dispuso la Conciliación Obligatoria

AGMER acatará lo establecido en dicho ámbito judicial. El paro y las acciones sindicales de este jueves 22 se sostienen como estaba previsto. A partir de la hora 0 de este viernes 23 acatamos la conciliación, suspendiendo las otras medidas.

Inmediatamente conocidas las resoluciones (aprobadas de manera unánime) de nuestro CCVII Congreso Extraordinario realizado este miércoles en Paraná, en donde se definió la continuidad del plan de acción con paros de 48 hs para esta semana y 72 hs para la próxima, el Ejecutivo entrerriano, en la figura de la Presidencia del Consejo General de Educación, –presurosamente- recurrió a la Justicia Laboral para solicitar la Conciliación Obligatoria.

La solicitud recayó en el Juzgado Laboral Nº 4, a cargo de la jueza María Alejandra Abud quien –rápidamente- notificó a las partes sobre el cese momentáneo del “estado de beligerancia” surgido a partir del conflicto salarial que es de público conocimiento. Significa, llanamente, conciliación obligatoria. Es decir, un trámite exprés. Curioso, pero parece que, en algunas ocasiones, la justicia sí es presurosa y expeditiva.

Ante esta circunstancia, algunas disposiciones y consideraciones:

La Ley Nº 9624/06 aprobada por la Legislatura de Entre Ríos, establece y regula las Convenciones Colectivas de Trabajo Docente (conocidas, comúnmente, como “paritarias”) En su Art. 16 establece que finalizada la instancia administrativa en el ámbito de la Secretaría de Trabajo (cinco días) y ante el fracaso de la misma (lo que ocurrió efectivamente)  “cualquiera de las partes podrá pedir al Juzgado de Trabajo en turno de la ciudad de Paraná que disponga la Conciliación Obligatoria, ordenando a las partes suspender las medidas que se hubieren dispuesto en relación al conflicto. Para el caso que el Juez interviniente interprete que se cumplimentan los requisitos de admisibilidad del pedido acogerá la medida peticionada por un término máximo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la Resolución, dentro del cual se realizarán las Audiencias de Conciliación que el Magistrado entienda necesarias. Vencido dicho plazo sin que se hubiere arribado a una fórmula de conciliación, automáticamente podrán las partes proseguir con las medidas suspendidas por el Juzgado”

En este caso, el gobierno de la provincia es quien solicita a la Justicia la Conciliación Obligatoria. Lo hace luego de incumplir con el pago de la diferencia existente entre el salario docente y el proceso inflacionario del primer semestre, ofreciendo bonos en negro que, además, no llegan a jubilados; con el inicial docente por debajo de la línea de indigencia y la gran mayoría sin poder superar el umbral de la pobreza, y jaqueado por una marcha docente multitudinaria, histórica, contundente y una andanada de movilizaciones registradas en cada uno de los departamentos de la provincia (de variadas formas y modalidades); y con altísimos índices de acatamiento a las medidas de fuerza de la docencia entrerriana que no banca ya los aprietes y amenazas de descuentos de la patronal. La conciliación suena, entonces, a un recurso desesperado.

Esta Comisión Directiva Central jamás tomará una sola decisión irresponsable, ni va a permitir que ninguna o ningún trabajador/a de la educación quede expuesto a las represalias del poder. Actuamos conforme a derecho y apegados a la Ley, precisamente, lo que el gobierno no ha hecho en este tiempo, ofreciendo montos en negro y violentando la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, o condenando a nuestras jubiladas/os al negarles una recomposición justa. Procedemos, además, apegados a nuestro Estatuto de AGMER, concretamente, en su Art. Nº 21, donde se establece que las resoluciones del Congreso son inapelables, y sólo revocables por autoridad judicial (en este caso, la suspensión de las medidas de paro) y Art. Nº 32, atribuciones y funciones de la Comisión Directiva Central (referente a la representación y responsabilidad legal).

En tal sentido, en resguardo de los derechos laborales del conjunto de la docencia, en protección además de una organización sindical que no es de propiedad ni individual ni de un grupo de dirigentes, sino que es de pertenencia colectiva (por lo que aspiramos nos trascenderá en el tiempo), esta CDC se pone a derecho y acata lo dispuesto por el Juzgado Laboral Nº 4. Aclaramos además que el paro y las acciones sindicales de este jueves 22 se sostienen como estaba previsto. Y a partir de la hora 0 de este viernes 23 acatamos la conciliación, suspendiendo las otras medidas.

Concurriremos a dicho ámbito con las demandas urgentes y no atendidas por la patronal, que fueran ratificadas –en el día de ayer- por nuestro Congreso. Demandas, además, conocidas por toda la comunidad de esta provincia.

Aspiramos a que el poder Ejecutivo provincial concurra con una propuesta que lleve justicia y dignidad a la docencia entrerriana. Aspiramos que negocie de “buena fe”; que dé marcha atrás con la amenaza de descontar los días de huelga y pare con declaraciones fuera de lugar, que sólo profundizan el malestar y la bronca de las y los docentes. Descartamos que la Justicia pondrá el mismo empeño y prontitud para llamarle la atención al gobierno sobre accionar ilegalmente, violando la Constitución de la Provincia.

Llamamos a cada trabajadora/or de la educación a continuar sosteniendo cada instancia de movilización general, visibilizando el conflicto y la justicia de nuestros reclamos. A la vez, volvemos a manifestar, AGMER siempre tuvo una actitud dialoguista, pero sabe muy bien –y quedó demostrado- cómo defender y luchar por sus derechos y reivindicaciones.

 

Comisión Directiva Central | AGMER

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